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Oposición Administrativo C1
Xunta de Galicia
Convocatoria para la oposición de Administrativo Xunta de Galicia
Ver última convocatoria publicada (Ordinaria: junio 2022, sólo oposición)
Ver última convocatoria publicada (Estabilización: diciembre 2022, concurso de méritos)
Ver última convocatoria publicada (Estabilización: diciembre 2022, concurso-oposición)
Modificación de la convocatoria (Estabilización: enero 2023, concurso de méritos)
Modificación de la convocatoria (Estabilización: enero 2023, concurso-oposición)
Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo de la oposición de Administrativo de la Xunta de Galicia, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea o de aquellos estados con tratados internacionales. También podrán presentarse, independientemente de su nacionalidad, los cónyuges de españoles o de ciudadanos de la Unión Europea. IMPORTANTE: En el caso de aspirantes de nacionalidad y lengua distinta de la española, deberán acreditar conocimiento suficiente del castellano, mediante diploma de español como lengua extranjera nivel B2 expedido por el organismo oficial competente.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad de Jubilación Forzosa.
- Poseer dentro del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller, Técnico a o equivalente como BUP + COU, expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Para titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempleo de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento mediante certificado médico.
- No haber sido separado del servicio, mediante Expediente Disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
- No haber sido condenado por Sentencia Firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, según determina el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
- Haber abonado las tasas correspondientes
- No ostentar la condición de personal laboral fijo en la misma categoría y especialidad convocada.
Para los proceso de oposición de Administrativo de la Xunta de Galicia, las pruebas selectivas se desglosan de la siguiente manera:
Primer ejercicio
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de contenido teórico de ciento veinte (120) preguntas tipo test, relacionado con el programa.
El ejercicio dispondrá de seis (6) preguntas de reserva. Las preguntas tendrán cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una de ellas será la correcta.
Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.
Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas solo en caso de que se anule alguna de las preguntas del ejercicio.
El tribunal procurará que el número de preguntas guarde la debida proporción con el número y contenido de los temas que integran el programa. En la elaboración de las preguntas del presente ejercicio se respetará el orden establecido en los párrafos anteriores.
El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de ciento sesenta (160) minutos.
El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de veinticinco (25) puntos.
Superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas, siempre que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
De darse el caso de que el número de aspirantes que superaran este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas.
Este ejercicio se realizará en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles desde la constitución del tribunal que juzgue las pruebas.
La fecha de realización de este ejercicio no tendrá lugar antes de los seis (6) meses posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOG.
El ejercicio podrá ser coincidente con el primer ejercicio del proceso selectivo de estabilización que se convoque, al amparo de la Ley 20/21, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el ingreso en el mismo cuerpo y grupo contenido en la presente resolución.
Segundo ejercicio
Las personas aspirantes deberán resolver por escrito dos supuestos de carácter práctico sobre los temas del bloque II del programa con un total de sesenta (60) preguntas tipo test, con treinta (30) preguntas cada uno de los supuestos.
Cada supuesto del ejercicio dispondrá de tres (3) preguntas de reserva. Las preguntas tendrán cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una de ellas será la correcta. Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.
El ejercicio tendrá una duración máxima de ciento veinte (120) minutos.
Al final de la prueba cada aspirante podrá obtener copia de sus respuestas. En el plazo de las veinticuatro (24) horas siguientes al final del ejercicio se publicará el contenido del ejercicio y las respuestas correctas en el portal web corporativo de la Xunta
El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 25 puntos. Obtendrán 25 puntos las personas aspirantes que alcancen el mínimo del 45 % de las respuestas correctas, una vez realizados los descuentos correspondientes.
Para respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el tribunal publicará, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de esta que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de siete (7) días desde la finalización del ejercicio anterior y máximo de sesenta (60) días hábiles.
Tercer ejercicio
Constará de dos pruebas:
- Primera prueba: consistirá en la traducción de un texto de castellano a gallego, elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
- Segunda prueba: consistirá en la traducción de un texto de gallego a castellano, elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de cincuenta (50) minutos. Este ejercicio se valorará como apto o no apto y será necesario para superarlo obtener el resultado de apto. Corresponderá al tribunal determinar el conocimiento de la lengua gallega de acuerdo al nivel del Celga requerido en el proceso selectivo.
Estarán exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que el tribunal haga públicas las calificaciones del segundo ejercicio, que poseían el día de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
Este ejercicio se realizará en un plazo mínimo de siete (7) días desde la finalización del ejercicio anterior y máximo de sesenta (60) días hábiles.
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