Oposición Médico Urgencias Hospitalarias - Comunidad Valenciana

Oposición Médico/a urgencias hospitalarias Comunidad Valenciana

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Concurso – oposición

Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública (Generalitat Valenciana)

Oposición Médico
de Urgencias Hospitalarias

Temario para el concurso – oposición de Médico/a de Urgencias Hospitalarias (OPE 2018, OPE 2019) Conselleria Sanidad Universal y Salud Pública (Comunidad Valenciana)
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Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo del concurso oposición de médico/a de urgencias hospitalarias de la Comunidad Valenciana, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea o de aquellos estados con tratados internacionales. También podrán presentarse, independientemente de su nacionalidad, los cónyuges de españoles o de ciudadanos de la Unión Europea. IMPORTANTE: En el caso de aspirantes de nacionalidad y lengua distinta de la española, deberán acreditar conocimiento suficiente del castellano, mediante diploma de español como lengua extranjera nivel B2 expedido por el organismo oficial competente.
  2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad de Jubilación Forzosa.   
  3. Poseer dentro del plazo de presentación de solicitudes el título de licenciad@, grado o doctor en Medicina y título de médico especialista, expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Para titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
  4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempleo de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento mediante certificado médico.
  5. No haber sido separado del servicio, mediante Expediente Disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. 
  6. No haber sido condenado por Sentencia Firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, según determina el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. 
  7. Haber abonado las tasas correspondientes (45 €) (puedes ver en “Preguntas frecuentes” quién está exento de abonar las tasas)
  8. No ostentar la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y especialidad convocada en todo el sistema nacional de Salud.

Requisitos para promoción interna

Podrá concurrir a esta convocatoria el personal estatutario fijo dependiente de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que reúna durante el plazo de presentación de solicitudes los requisitos generales expuestos y además:
– Tener la condición de personal estatutario fijo dependiente de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, de una categoría y, en su caso, especialidad distinta de la convocada y del mismo o inferior grupo o subgrupo de titulación.
– Estar o haber estado en servicio activo o con reserva de puesto y con nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de procedencia, durante al menos dos años, sin necesidad de que estos lo hayan sido de forma ininterrumpida ni inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

Las pruebas selectivas serán de concurso-oposición.

La fase de oposición supondrá la realización por las personas aspirantes de un ejercicio eliminatorio.

  • Para las personas aspirantes del turno libre, el ejercicio consistirá en la contestación por escrito, en el plazo de 100 minutos, de un cuestionario de 80 preguntas sobre el contenido de los 63 temas.
  • El cuestionario será tipo test en forma de preguntas con cuatro respuestas, de las cuales solo una de ellas será la correcta. De dicho cuestionario, 6 de las preguntas versarán sobre el temario general y 6 sobre el temario de normativa sanitaria común. Todas ellas serán de carácter teórico.
  • Las 68 preguntas restantes serán tanto de carácter teórico como práctico y versarán sobre el contenido de los temas que constituyen el temario específico de la categoría.
  • Los aspirantes incluidos en el turno de promoción interna Modalidad A, contestarán únicamente a las 68 preguntas sobre el temario específico de la categoría. Estas personas dispondrán de 85 minutos para realizar el ejercicio.
  • Los aspirantes de promoción interna Modalidad B deberán contestar tanto las 6 preguntas del temario de normativa sanitaria común como las 68 preguntas sobre el temario específico de la categoría. Dispondrán de 93 minutos para responder al total de las 74 preguntas.

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El plazo de inscripción para el concurso-oposición de médico/a de urgencias hospitalarias de la Comunidad Valenciana está cerrado.

Cuando vuelva a abrirse, la presentación de solicitudes para la oposición de médico/a de urgencias hospitalarias de la Comunidad Valenciana se realizará exclusivamente por vía telemática

Previamente a la cumplimentación de la solicitud, la persona aspirante encontrará un desplegable con las distintas categorías o especialidades convocadas en la página web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, dentro del apartado de Recursos Humanos. En el desplegable deberá elegir la categoría o especialidad por el turno
libre o, en su caso, la categoría o especialidad por promoción interna. En este último caso, deberá señalar si pertenece a la modalidad A o a la modalidad B de promoción interna.

  • Modalidad A de promoción interna: quienes procedan de categorías pertenecientes a los grupos o subgrupos de titulación iguales o inmediatamente inferiores y además de la misma especialización funcional que
    las plazas a proveer, esto es, sanitaria.
  • Modalidad B de promoción interna: el resto de aspirantes de promoción interna.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y acabará el mismo día del mes siguente.

En este caso, las plazas reservadas para personas con diversidad funcional ya son de turno libre.

Quienes hayan aprobado por el turno de promoción interna tendrán preferencia para la elección
de plazas sobre quienes procedan del turno libre.

Y, a continuación, las personas aprobadas con diversidad funcional intelectual tendrán derecho preferente para la elección de aquellas plazas ofertadas que estén próximas a su residencia habitual.

La puntuación se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:

  1. Las contestaciones en blanco ni puntúan ni penalizan. La fórmula de corrección será: respuestas correctas netas = núm. de aciertos – (núm. de errores/3). La puntuación máxima en la fase de oposición será de 150 puntos.
    Para el personal del turno libre, cada contestación válida recibirá una valoración de 1,875 puntos. Se restará 0,625 puntos por cada una de las respuestas incorrectas y se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas.
    Para el personal del turno de promoción interna Modalidad A, cada contestación válida recibirá una valoración de 2,205 puntos. Se restará 0,735 puntos por cada una de las respuestas incorrectas y se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas.
    Para el personal del turno de promoción interna Modalidad B, cada contestación válida recibirá una valoración de 2,028 puntos. Se restará 0,676 puntos por cada una de las respuestas incorrectas y se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas.
  2. De las operaciones anteriores se obtendrá la valoración particular del ejercicio realizado por cada aspirante. Evaluadas todas las personas participantes, se hallará la media aritmética del diez por cien de personas que hayan obtenido las mejores puntuaciones particulares, expresada con los tres primeros decimales, tanto en el turno libre como en el turno de promoción interna.
  3. Se considerarán aprobadas aquellas personas aspirantes en cada turno que obtengan una puntuación igual o superior al 50 % de la media aritmética referida en la regla anterior, con un límite mínimo de 67,5 puntos. Por debajo de esa puntuación no podrá considerarse aprobado el ejercicio.

Sí, siempre y cuando el título se obtenga dentro del plazo de presentación de solicitudes.

El pago de la tasa por derechos de examen (45 €) se realizará exclusivamente por vía telemática.

La tasa por derechos de examen de este concurso- oposición es 35 €

Consulta quiénes están exentos de su pago en esta convocatoria.

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

  • El personal que acredite su condición de persona con diversidad funcional con un grado igual o superior al 33 %.
  • El personal que acredite ostentar el título de miembro de familia numerosa de categoría especial, o de familia monoparental de categoría especial comprendida en el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana.
  • Gozará de una bonificación del 50 % de la tasa el personal que acredite ostentar el título de miembro de familia numerosa de categoría general, o de familia monoparental de categoría general comprendida en el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Comunitat Valenciana.
  • Las víctimas de actos de violencia, cuya condición sea acreditada por los medios previstos en el artículo 23 del Real Decreto ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, esto es, mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género.

Aunque no lo especifica en esta convocatoria te contamos cuáles son los procedimientos habituales en estas situaciones.

En los supuestos de embarazo, hasta la finalización de la semana 36, se hará excepción en el llamamiento único para la realización de alguna de las pruebas a aquellas aspirantes que así lo soliciten a la Presidencia del Tribunal, adjuntando el correspondiente informe médico acreditativo de la imposibilidad de acudir al llamamiento por razón de su estado de gestación.

Con base en dicho informe, el Tribunal determinará el lugar y la fecha de realización de la prueba, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal.

Así mismo, se podrá solicitar la excepción del llamamiento único a partir del primer día de la semana 37 de embarazo, o con anterioridad si se hubiera producido el parto, y hasta la finalización de las 6 semanas posteriores al mismo. En este caso, el Tribunal determinará el lugar y la fecha de realización de la prueba, que no podrá realizarse dentro de este periodo de tiempo, salvo que así lo solicite la interesada. La solicitante deberá acreditar tal circunstancia mediante el correspondiente informe médico.

En los mismos términos podrá solicitarse la excepción del llamamiento único cuando se produzca la hospitalización por motivos de embarazo, lactancia o por interrupción del embarazo.

Estas situaciones darán lugar a un segundo llamamiento de las aspirantes afectadas. La prueba será realizada a la mayor brevedad posible, y su contenido será en términos similares al contenido de la realizada en el primer llamamiento.

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