Oposición Auxiliar Administrativo SERMAS

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Personal estatuario. Grupo C2

340 plazas

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SERMAS (Servicio Madrileño de Salud)

Oposición Auxiliar Administrativo

Temario para la oposición de Auxiliar Administrativo (OPE 2019 – 2020 – 2021)
SERMAS basado en convocatoria 2018

Próxima convocatoria para oposición de Auxiliar Administrativo (OPE 2019 – 2020 – 2021)
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Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa.
  2. Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho; y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea.
  3. Poseer el título de Graduado en ESO o equivalente, o titulación equivalente.
  4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  5. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión
  6. No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de correspondiente, cualquiera que sea su situación administrativa.
  7. No haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, según determina el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
  8. Haber abonado las tasas correspondientes (puedes ver en “Preguntas frecuentes” quién está exento de abonar las tasas)

Las pruebas selectivas constarán de dos partes:

  1. Oposición.
  2. Concurso.

A la espera de conocer la convocatoria del proceso selectivo para el concurso-oposición en la categoría de Auxiliar de la Función Administrativa para el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), donde se desglosarán las plazas, la Oferta Pública de Empleo es:

  • OPE 2019: 198 plazas
  • OPE 2020: 396 plazas
  • OPE 2021: 78 plazas
  • Fotocopia del DNI o pasaporte.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del ciudadano de país europeo con el que tengan dicho vínculo.

Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

  • Fotocopia compulsada del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación en el Estado español.
  • Declaración responsable de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

  • La capacidad funcional se acreditará mediante certificación expedida por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud, o mediante una declaración responsable.
  • La capacidad funcional de los aspirantes presentados a través del cupo de discapacitados se acreditará mediante certificación actualizada expedida por el órgano que expidió el certificado acreditativo de la discapacidad.
  • Declaración responsable de no poseer la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se accede o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud.
  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, que acredite el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.
  • Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, que acredite el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

Los aspirantes de origen extranjero, o que tengan otra nacionalidad, además deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el párrafo anterior.

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Preguntas Frecuentes

El plazo de inscripción no está abierto. Se conocerá una vez se publique la convocatoria del proceso selectivo.

 

Una vez esté abierto, podrás hacerlo:

  1. De forma presencial
  2. De forma telemática

¡Claro! Tenemos abierto el plazo para comenzar la formación con nuevos grupos. Desde nuestro departamento de Atención al Alumno te avisarán de cualquier novedad sobre el proceso formativo, como la publicación de la convocatoria o los plazos de inscripción en la misma. Y no olvides que no comenzarás a pagar tu mensualidad hasta que comiencen las clases.

Puedes seguir las novedades del proceso selectivo desde el portal de selección de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud

Los participantes sólo podrán participar por una de las vías de acceso convocadas. La opción por la vía de acceso deberá manifestarse en la solicitud de participación y mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo.

Sí. Quienes accedan por el turno de promoción interna tendrán, salvo lo dispuesto en la base 7.7, preferencia para la elección de destino respecto del personal que acceda por turno libre. Aunque para este proceso, no hay plazas de promoción interna.

Tendrán preferencia en la elección de las plazas ofertadas para su adjudicación en primer destino las personas aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, cuenten con una discapacidad igual o superior al 65% o tengan a su cargo menores de 12 años que presenten necesidades de autonomía personal por motivos de discapacidad o estén en riesgo de padecerla.

Y promoción interna respecto al personal que acceda por el turno libre

Sí, siempre y cuando se obtenga dentro del plazo de presentación de solicitudes. 

Las personas aspirantes que aleguen estudios equivalentes que permitan el acceso al desempeño de la categoría solicitada habrán de citar la disposición legal o reglamentaria en que se reconozca tal equivalencia o aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias.

Pendiente de confirmación por la convocatoria.

Pendiente de confirmación por la convocatoria.

Información pendiente de convocatoria.

egún convocatorias de proceso anteriores, al amparo de la Ley Orgánica 2/202007, de 22 demarzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se podrá hacer excepción en el llamamiento único por una sola vez, por la coincidencia de la hospitalización, con motivo de embarazo, reposo absoluto por riesgo durante el embarazo y/o parto de las aspirantes, así como por la coincidencia del parto natural con el día de la celebración del ejercicio. Para ello, las aspirantes deberán presentar, dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o posteriores a la realización del ejercicio (en este último caso, por el ingreso por urgencia o por parto natural), un escrito dirigido al Presidente del Tribunal Calificador comunicando el hecho de la hospitalización o parto natural, adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización del ejercicio. La aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados. Este escrito será presentado en el registro de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud y remitido por fax al número 913387606, y en él se deberá indicar obligatoriamente uno o dos teléfonos, preferentemente móviles, de contacto con la interesada. Estas situaciones darán lugar a un segundo llamamiento de las aspirantes afectadas. El ejercicio de la fase de oposición se efectuará con posterioridad, y la fecha de su realización será comunicada previamente a las interesadas, siendo su contenido similar al del ejercicio ya realizado. En la Resolución por la que se resuelvan las peticiones de aplazamiento del ejercicio de la fase de oposición por las causas anteriormente descritas, se podrá determinar la admisión condicionada a aquellas aspirantes que habiendo presentado solicitud en el plazo establecido quedaran pendientes de subsanar la documentación acreditativa de la situación que da derecho a este segundo llamamiento.

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