#Opodiccionario: capítulo II
Con tanta Oferta de Empleo Público en las últimas semanas y la lluvia de plazas que ha supuesto, ya no sólo en las Administraciones de las Comunidades Autónomas, sino en los Servicios Públicos de Salud, el Estado o en ayuntamientos de media España…; os confieso que me he vuelto un poco loca intentando entender los términos de las tipologías de esas plazas y cómo afectaban a mi proceso selectivo.
Cuando fui a consultar el número de plazas en la convocatoria de mi oposición, me he topado con la sorpresa de una terminología totalmente nueva para mí, incluso, cuando llevo ya unos meses hincando los codos en la carrera por una plaza pública que me dé, por fin, estabilidad laboral. Así que creo que no hay mejor momento para una nueva entrega del #opodicionario, por si alguno de vosotr@s se encuentra en la misma situación que yo y, también, para los futuros opositores. Todo sea contribuir en la causa.
Cuáles son los términos que definen las plazas y cómo afectan al proceso selectivo?
Ya os adelanto que he contado con la ayuda del equipo de Atención al Alumno de Centro Estudio Oposiciones, por lo que la información es súper fidedigna 😉
Ahí va la clasificación de plazas. Voy de lo general a lo específico:
- Turno libre o acceso libre: realmente todas las plazas, a excepción de promoción interna, son de acceso libre, es decir, cualquier persona se puede presentar al proceso, independientemente, que este sea de oposición, concurso-oposición o concurso de méritos.
- Promoción Interna: al contrario que turno o acceso libre, son aquellas plazas destinadas a ya trabajadores dentro de la función pública, con plaza en propiedad, y que quieren hacer carrera profesional, ascendiendo en categoría.
Dentro de las plazas ofertadas por turno libre, y derivado del decreto que pone fin a la temporalidad de empleo público, y del que ya os hablé en su momento, podemos encontramos:
- Plazas de estabilización, o también denominadas de consolidación: son aquellas que están ocupadas por interinos y que llevan tiempo sin tener propietario.
Antes, se hacía una ligera diferencia entre estabilización y consolidación, siendo estas últimas las que llevaban más tiempo sin ofertarse, es decir, los interinos eran los que llevaban más tiempo en esa situación.
- Plazas de reposición o nuevo ingreso: plazas que existen pero que no están ocupadas, por ejemplo: por una jubilación que no se cubrió; o que llevan con un sustituto desde hace poco tiempo.
Y ya, de paso, aprovecho para hacer un repaso de las diferencias entre oposición, concurso-oposición y concurso de méritos.
- Oposición: ya sabemos que son los procesos de selección en el que consigue plaza el que más nota saca. Solo cuentan las pruebas selectivas y todos partimos de las mismas condiciones.
- Concurso-oposición: son los procesos selectivos que requieren de dos partes:
- La fase de oposición compuestas por las diferentes pruebas, como test, desarrollo de temas, exposiciones orales, lo que se conoce como, “cantar temas”…
- La fase de concurso que consiste en los méritos que se pueden aportar, como el tiempo trabajado en determinada Administración y plaza, como interino; además de toda la formación curricular que tenga el opositor: títulos, idiomas, cursos complementarios… Hay un baremo de puntos desarrollado en cada convocatoria de los concursos-oposición.
Este tipo de acceso tiende a extinguirse, a excepción de los Servicios Públicos de Salud, como el SERGAS, el SERMAS, el SACYL, entre otros.
- Concurso de méritos: este ha sido uno de los términos más frecuentes que me he encontrado en la publicación de las convocatorias de las últimas ofertas públicas de empleo. Y, en el lenguaje más coloquial posible, son aquellas plazas que consigues en propiedad sin examen. ¿Y cómo se hace esto, me preguntaba yo? Pues el concurso de traslados de toda la vida. Ofertas la plaza y la piden quienes ya están dentro. Quien más puntos tiene, pues… se la queda.
Ahora que ya sabes (sabemos) un poco más del lenguaje de las oposiciones, ¿y tu plaza? ¿en qué grupo está?